lunes, 22 de agosto de 2011

LA PENSION DE UN POLICIA EN REPUBLICA DOMINICANA.

LA PENSION DE UN POLICIA EN REPUBLICA DOMINICANA

Quiero compartir parte de lo que es lograr una Pensión en Republica Dominicana para que sirva de información a otros miembros.



Cuando decidí solicitar mi pensión en la P.N., por haber cumplido 20 años de servicios sumando 18 años de la D.N.C.D.

Lo primero que hice un mes antes, fue dirigirme al Comité de Retiro de la Policía Nacional, ubicada en la Cede de Radio Patrulla, allí converse con la Teniente coronel Carmen Peña, quien me aseguro, después de investigar mi situación en los Programas del Sistema de dicha entidad, que no había ningún problema que podía solicitar mi pensión, que el único inconveniente era que no tendría especialismo, por lo que solicite mi Pensión..



Ahora resulta, que dizque tenia que tener 8 años trabajando ininterrumpidamente en la P.N., para que me puedan salir mis Sueldos por años, y que los años en la D.N.C.D. no

Sirven para pagarme todas mis prestaciones laborales. Yo ahora mismo tengo 7 años y dos meses osea, que me faltarían 8 meses para cumplir con esto.



Pero si usted lee el Articulo 106 de la ley No. 96-04 se dará cuenta que no lo establece, al quejarme por dicha disposición la cual no menciona la ley, me informan que es un Reglamento Interno que tiene la Policía Nacional que cambia lo establecido por la Ley, y que no pueden entregarme. Esto me lo informa la mayor Rosa Peña, quien labora en sueldos por años. Pero gracias a otra persona pude obtenerlo, y dice así:



 

PARRAFO III

En caso de que la persona reintegrada al servicio activo después del 1 de Julio del año 2000, fecha en que entro en vigencia ¨ el aludido programa y a la vez se iniciaron los descuentos referentes al mismo, debe acumular 8 años de servicio activo ininterrumpidos a partir de su nuevo ingreso, para poder tener Derecho a que los años anteriores le sean reconocidos, de lo contrario solo se le pagan los años acumulados a partir del ultimo ingreso.

PERO HAY MÁS:

El ARTICULO 26 de dicho Reglamento Interno dice: Si un afiliado fallece estando en servicio activo, no tiene efecto la compensación por retiro, (Sueldo por Año), solo tienen derecho los familiares a recibir la prestación del seguro de vida.

PARRAFO I: Si un miembro es puesto en situación pasiva con disfrute de pensión y fallece sin haber recibido la compensación, se le PAGARA, EL SUELDO POR AÑO A LOS FAMILIARES DIRECTOS, EN VIRTUD DE QUE AL QUEDAR EN RETIRO CESA EL PROGRAMA DE SEGURO DE VIDA.

 

(Por lo que esta muy claro de porque duran tres mese para dar el primer cheque y de porque los 3 años para entregar las prestaciones laborales).

(QUE DIOS LES PERDONE, SI ES QUE CREE QUE DEBE HACERLO).

 

ARTICULO 27: En los casos de aquellos miembros que hallan prestado servicios en una institución Militar o Policial. El tratamiento es conforme a lo establecido en el acuerdo Interinstitucional de fecha 30 de abril del año 2001.- en cuanto al pago de sus prestaciones, se toma como parámetro el porcentaje que le corresponde en torno a los años que estuvo en cada institución en base al ultimo sueldo percibido.

 

PARRAFO I: Cuando ocurra el retiro con disfrute de pensión de un afiliado, institución donde estuvo de servicio al momento de ser retirado, solicita sus haberes a la institución donde presto servicio anteriormente y procede a pagarle el monto recibido, mas la proporción acumulada, por los años de servicios en la misma.

 

(Pero cuando me salio la pensión,  fui cancelada por el Mayor General Rolando Rosado Mateo, como que mate a alguien, no me dio tiempo a reclamar la misma), y tengo entendido, que aunque un miembro de la D.N.C.D. tenga 40 años laborando en la misma, lo que hacen es cancelarlo no pensionalarlo. 

 

ARTICULO 28: La fuente de financiamiento para la cobertura de la compensación por retiro (Sueldo Por año), proviene del descuento que se aplica a los afiliados, el cual consiste en un (6 %) para los oficiales y un (5 %) para los alistados, del sueldo imponible, así como el aporte del Estado Dominicano.    

 

(Por lo que debo preguntarme, ¿ Que paso con el dinero que me descontaron en La Dirección Nacional de Control de Drogas, D.N.C.D., Cuando fui agente de la misma.)

  

De este famoso Reglamento Interno de la Policía solo pude conseguir foto copiar la pagina no. 10, por lo que considero que no podía ser mas abusiva y desconsiderada, para personas que dedican su vida entera arriesgando su vida por un bajo salario, para después lograr una pensión y se le retire con tal desconsideración.

 

LA LEY 96-04, FUE PROMULGADA POR EL EXPRESIDENTE HIPOLITO MEJIA EN SU PERIODO DE GOBIERNO,
Estos Artículos son parte de la Ley Institucional de la Policía Nacional, No. 96-04, en cuanto al RETIRO POLICIAL Y JUBILACION:

                  CAPÍTULO VII

RETIRO POLICIAL Y JUBILACIONES


Art. 106.- Cómputo.- Todo el tiempo servido en la institución será computable

Para el retiro. También lo será todo el tiempo servido en otras instituciones públicas,

Cualesquiera que fueren las interrupciones habidas en ambos casos.

Art. 107.- Fracción.- Toda fracción de tiempo superior a seis meses se computará

Como año completo para los efectos del retiro y ascenso para el retiro.

Art. 108.- Facultad.- El Comité de Retiro de la Policía Nacional concederá el

Retiro y fijará el monto de la pensión que corresponda a cada miembro de la Policía

Nacional de acuerdo con la ley, para lo cual necesitará la aprobación del Poder Ejecutivo.

Art. 109.- Inembargabilidad.- La pensión acordada a los miembros de la Policía

Nacional será vitalicia, personal e intransferible y no podrá ser embargada ni sometida a ninguna otra prohibición judicial, salvo el pago de pensión alimenticia que decretaren los tribunales
PERO EL FAMOSO REGLAMENTO INTERNO QUE ESTABLECE TODO LO CONTRARIO DE ESTA LEY,  NO SE QUIEN LO PROMULGO.  


 POR LO QUE ACONSEJO A TODOS LOS MIEMBROS DE LA POLICIA NACIONAL QUE ESTEN CALIFICADOS PARA PENSION, INVESTIGAR MUY BIEN QUE DEBEN HACER Y QUE BENEFICIOS TENDRAN O QUE LES PERJUDICARA, no baya al Comité de retiros de la P.N:, diríjase al Depto. SUELDOS POR AÑO, donde el Capitán Ramírez, para que le informe.

REFLEXION:
Con gran claridad podemos ver el gran robo que se quiere cometer con LOS FONDOS DE PENSIONES DE LOS DOMINICANOS, que ahora mismo estan por los 100 mil millones de pesos, los que se van a utilizar para todo, menos para dar pensiones dignas a sus dueños que son los que se los ganaron.

Escrito por la Sargento Mayor, Oneyda Cayetano subervi, Pensionada en fecha 27-02-2011, por su Propia Solicitud, Presidenta- Fundadora, Fundación Oneyda Cayetano a Beneficio de Envejecíentes en Asilos y Hogar de Leprosos, FOCBEAHOL, inc.     

2 comentarios:

  1. gracias a DIOS que por lo menos te pensionaron yo soy un ex sargento que estuve 12 años ininterrumpidos en la P N en la cual adquirí lección permanente adquirida en el cumplimiento del deber y fui obligado a trabajar sin nunca realizarme una evaluación medica. yo resivi un cartuchaso con una escopeta 12 a quema ropa donde resultaron todos mis horganos internos calcinados , tales como la vejiga urinaria los intestinos , los musculos y nervios acdominales dure 6 meses evacuando por funda , y los la bejiga urinaria fue reparada tengo dentro del cuerpon 118 municiones de cartucho calibre 22 de plomo lo que produce perdida de memoria por envenenamiento por plomo , y la policía nacional lo que hace es que me cancela 10 años des pues quiere saber por que es una minicerie pero es real busca en youtube un vídeo con el nombre ROBIN HOOD DOMINICANO mi coreo es jerez2281@GMAIL .COM

    ResponderEliminar
  2. gracias a DIOS que por lo menos te pensionaron yo soy un ex sargento que estuve 12 años ininterrumpidos en la P N en la cual adquirí lección permanente adquirida en el cumplimiento del deber y fui obligado a trabajar sin nunca realizarme una evaluación medica. yo resivi un cartuchaso con una escopeta 12 a quema ropa donde resultaron todos mis horganos internos calcinados , tales como la vejiga urinaria los intestinos , los musculos y nervios acdominales dure 6 meses evacuando por funda , y los la bejiga urinaria fue reparada tengo dentro del cuerpon 118 municiones de cartucho calibre 22 de plomo lo que produce perdida de memoria por envenenamiento por plomo , y la policía nacional lo que hace es que me cancela 10 años des pues quiere saber por que es una minicerie pero es real busca en youtube un vídeo con el nombre ROBIN HOOD DOMINICANO mi coreo es jerez2281@GMAIL .COM

    ResponderEliminar